martes, 31 de julio de 2012

IMPORTANTE INFORMACIÓN DE VIETNAM ACERCA DEL SECTOR PÚBLICO Y CÓMO EL ESTADO PUEDE CONTINUAR SIENDO EMPRESARIO. VEA LA NOTICIA PUBLICADA EN LA PRENSA INTERNACIONAL

Reestructura Vietnam sector económico estatal

HANOI, 30 de julio.— Vietnam emprenderá una reestructuración del sector estatal de la economía, para blindarlo como eje central del desarrollo del país y mantener bajo su rectoría las áreas estratégicas, según PL.
De acuerdo con el plan de acción elaborado hasta el 2015, el Estado reorganizará las empresas en grupos y grandes corporaciones, y mantendrá el control en sectores como la defensa, seguridad, distribución eléctrica a nivel nacional, explotación de la red ferroviaria, infraestructura urbana, aeropuertos y puertos marítimos, y la impresión de billetes.
El proyecto, que recibió este fin de semana el visto bueno del primer ministro Nguyen Tan Dung, adelanta además que las compañías estatales sin capacidad de recuperarse luego de largo tiempo de pérdidas serán vendidas, fusionadas o disueltas.
Todos estos sectores estratégicos constituirán el primer grupo de la economía vietnamita, seguido de un segundo en el que más del 50 % de las acciones serán de propiedad pública, en muchos casos compartiendo capital con inversionistas foráneos. A un tercer grupo pertenecen los negocios privados, de menor peso y envergadura en el conjunto de las producciones y servicios.
Según señalan expertos vinculados con su elaboración, el plan tiene como finalidad poner de relieve el papel central del área estatal en la regulación de la macroeconomía del país, y elevar la competitividad y el índice de ganancia de las inversiones empresariales.
Una directiva al respecto indica que el proceso de reestructuración se llevará a cabo de manera integral, tomando en cuenta la estrategia de desarrollo, la política inversionista, la administración, los recursos humanos, y las demandas del mercado.

martes, 24 de julio de 2012

A MIS SEGUIDORES Y A MIS LECTORES. CONVOCATORIA A EVENTO INTERNACIONAL EN NOVIEMBRE PRÓXIMO


La ALAL –Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas (www.alal.com.br), viene por este medio, a través de su Presidente, para  informar de la celebración en Salvador de Bahía, del 6 al 9 de noviembre, de un Encuentro Internacional, cuya organizadora y persona de contacto en ese estado es la Dra. PETILDA VAZQUEZ, Directora de la ALAL, (petilda.vazquez@gmail.com) que tendrá por contenido tres ejes temáticos muy importantes tanto para los abogados, como para los representantes del movimiento sindical, así como para otros profesionales de ciencias con enfoque transversal del estudio de dichos temas que son: impacto de la tercerización en el empleo y las relaciones laborales, la libertad sindical como premisa del derecho de asociación, negociación y huelga y la necesidad de un medio ambiente laboral equilibrado y sostenible.
Este Encuentro Internacional fue acordado en ocasión del X Encuentro Latinoamericano de Abogados Laboralistas en Chile el pasado mes de noviembre de 2011 específicamente para el tema de la seguridad y salud en el trabajo de la industria de la carne, los frigoríficos y mataderos y ratificado en acta de la reunión del Comité Ejecutivo de la ALAL celebrada en La Habana en marzo 2012, no obstante en una reflexión posterior, se ha decidido ampliarlo a los tres ejes temáticos comentados en el párrafo inicial e incluir otros sectores empresariales con fuerte impacto en la accidentalidad laboral y en las enfermedades profesionales.  El Encuentro está siendo promovido por la ALAL con el coauspicio de un conjunto de entidades  como la Asociación Latinoamericana de Jueces del Trabajo, la Asociación Brasileña de Abogados Laboralistas, la Asociación de Abogados Laboralistas Luso-Brasileña y otras.
La presente comunicación permitirá a cada organización afiliada y a los miembros del Comité Ejecutivo realizar la difusión de este Encuentro, así como analizar internamente la participación de sus representantes. 
Están comprometidos y participarán entidades nacionales e internacionales de Estados Unidos, Canadá, México, España, Francia, Inglaterra, Argentina, Colombia, Venezuela, Cuba y de otros países de nuestra región, buscando unidad en los nuevos paradigmas de un mundo nuevo de inclusión social para alcanzar los siguientes objetivos:
1.    Construcción de una agencia u observatorio para el control social sobre la agenda de trabajo digno.
2.    Establecimiento de contactos y relaciones para redes de órganos, organizaciones e instituciones que se preocupan por los avances sociales y contra el retroceso social en marcha.
3.    Establecimiento de un modelo de promoción y formación de sindicalistas, investigadores y equipos multidisciplinarios, dirigidos a estudiar el mundo del trabajo con una perspectiva de transformación social.
4.    Promoción del intercambio de experiencias multi e interdisciplinaria de las relaciones de trabajo, salud y seguridad en el trabajo.

Temáticas en debate:
  •  El ambiente de trabajo y la salud ocupacional incluyendo la violencia moral en el trabajo, accidentalidad y enfermedades profesionales en diferentes sectores como la minería, agricultura y los agroquímicos, frigoríficos, construcción y otros.
  •  La tercerización y otras formas de intermediación e inseguridad en el trabajo. El fraude laboral.
  • Derecho a la libertad de asociación y experiencia del Tribunal Internacional de Libertad Sindical de México y el Tribunal Mundial sobre Libertad Sindical de Colombia.
  •  Creación de un observatorio /agencia de trabajo digno

CON EL PERMISO DE LUCHO RAMÍREZ, REPRODUZCO UNA PARTE DE SU ARTÍCULO SOBRE LA VIDEOVIGILANCIA


 
Privacidad del trabajador versus propiedad privada. La cuestión de la videovigilancia patronal
I. Introducción
Treinta y tres trabajadores de una empresa de la industria de la alimentación de la provincia de Buenos Aires observan atónitos cómo personal técnico especializado coloca videocámaras en cada rincón del establecimiento. Una, dos, tres ¡cuarenta y un cámaras! treinta y tres detectables a simple vista.
Semejante control, infinitamente más intenso que el que puede ejercer físicamente el empleador, el capataz o un supervisor, rápidamente produce sus efectos. Ningún trabajador duda que el patrón tiene derecho a controlar cómo cumplen con su débito laboral, pero, piensan, esto es otra cosa. Toda la jornada bajo el ojo frío, impersonal y desapasionado de la cámara los hace sentir muy incómodos. Los sentimientos son confusos, pero hay algo que les queda claro: la empresa no confía en ellos.
Si hubieran leído algunas investigaciones empíricas, sabrían que las consecuencias sobre los trabajadores de una vigilancia de tal magnitud son el estrés laboral, menor entusiasmo y motivación, disminución de la lealtad a la empresa, sentido reducido de la privacidad, inseguridad, menos comunicación horizontal y vertical, etc. En definitiva, una menor calidad de vida en el trabajo.
Interviene el sindicato, interviene la autoridad administrativa laboral, se forma un expediente (1), y luego de un breve trámite se resuelve intimar a la empleadora para que desactive "en forma inmediata" el sistema de vigilancia implementado. ¿Los argumentos? a) la utilización de videocámaras para el control laboral puede provocar "daños psíquicos en el vigilado; b) el derecho a la intimidad "tiene jerarquía constitucional" (art. 19); c) el derecho a la intimidad "es un derecho fundamental", que debe prevalecer sobre los poderes reconocidos al empleador por la legislación; d) no surge de las actuaciones que la empleadora hubiera acreditado los hechos que, según ella, la habrían llevado a tomar semejante medida; e) el sistema implementado "constituye un exceso de las facultades del principal que de manera ostensible, palpable y agresiva, se entromete en la intimidad de su personal"; y f) se ha visto "afectada en algún sentido la dignidad de los operarios"(2). ¿La solución ha sido la correcta? Veamos.
II. El derecho a la intimidad
En el artículo "Videovigilancia en las empresas: de 1984 a Gran Hermano", DT Online, 1005/2007, yo decía que en 1949 George Orwell imaginaba que, en un futuro no muy lejano, viviríamos en una sociedad en la que estaríamos las 24 horas del día vigilados, ya que en todos los lugares habría un gran cartel con un rostro, con los ojos dibujados de tal manera que la mirada parece que nos sigue, aunque cambiemos de posición. Al pie del cartel una leyenda nos avisará que "El Gran Hermano te vigila". Orwell fantaseaba que así sería la sociedad del futuro, que él ubicaba en "1984", nombre de su conocida novela. En ella el control se realizaba desde una "telepantalla", que podía captar hasta la caída de una pluma, lo que causaba que el individuo viviera pensando que todos sus movimientos podían ser observados, y que cualquier sonido suyo sería escuchado.
Si bien es claro que en 2010 esto sólo le ocurre a quienes participan en ciertos programas de televisión, al estilo de "Big Brother", la referencia viene bien cuando pretendemos indagar sobre el marco legal para la utilización de sistemas de videovigilancia en los lugares de trabajo. En la novela de Orwell (y en la videovigilancia patronal) entran en colisión derechos humanos, como la libertad y el derecho a la intimidad, con el derecho de la sociedad a ejercer cierto control sobre los individuos, y con el derecho del propietario de proteger su patrimonio. En el mundo laboral la videovigilancia pone en conflicto a las facultades patronales de organización, dirección y control (LCT, arts. 64, 65 y 70), con el derecho del trabajador a la salvaguarda de su dignidad, de su privacidad y de su salud.
El formidable avance de la tecnología, el aumento de los hechos delictivos intraempresariales y el desarrollo de diversas estrategias patronales para el control y disciplinamiento de los trabajadores, en paralelo con el reconocimiento social de ciertos derechos de éstos vinculados a su condición de persona y ciudadano, han generado el desafío de buscar el equilibrio necesario, que permita una convivencia social armoniosa.
No hace falta que nos extendamos en explicar lo que significa el derecho de propiedad en el sistema capitalista. Tampoco hace falta mucho esfuerzo en desarrollar y fundamentar el derecho a la intimidad, que en toda sociedad moderna se le reconoce a todo individuo. El problema aparece cuando estos dos derechos entran en conflicto, tal como ocurre con la utilización de los sistemas de videovigilancia en el interior de las empresas, o, dicho de un modo más general, cuando nos planteamos la cuestión del derecho a la intimidad en las relaciones laborales.
Nadie duda, en realidad, que el trabajador tiene derecho a preservar su intimidad, aún en el interior de la empresa. El empleador puede, por ejemplo, requerirle que manifieste cuando pretende irse de vacaciones, para ordenar las licencias anuales, pero no podría interrogarlo sobre dónde quiere pasarlas. Se trata de una información que se ubica en el ámbito reservado del trabajador, que no admite la injerencia de los demás. Porque el derecho a la intimidad no es otra cosa que el poder que todos tenemos de resguardar un espacio de libertad, que no admite que otros pretendan indagar lo que hacemos, lo que pensamos, lo que creemos, o lo que somos. Es un espacio que se conecta con las libertades ideológicas, religiosas, de conciencia, etc.
Lo que crea conflictos es la determinación del alcance de ese derecho a la intimidad, cuando el individuo se incorpora a una organización productiva y se somete al poder que el empleador ejerce en una relación de trabajo asalariado.
En este punto es válido preguntarse ¿hasta dónde se compromete el trabajador en una relación laboral? Es claro que la prestación de servicios ofrecida, a cambio de remuneración, lleva a una implicación personal. La actividad humana prometida al empleador es inseparable de la persona que la realiza, y durante la prestación de servicios quedan involucradas todas las energías físicas y mentales del individuo. Por lo tanto ¿queda espacio para la intimidad?
Estos interrogantes surgen ahora, entre otras cosas, porque las circunstancias históricas han llevado a una creciente participación de los particulares en las estrategias de prevención de los delitos, ingresándose en terrenos que antes eran monopolizados por el Estado. Hoy somos testigos de una intensificación de la vigilancia y de la prevención de los hechos delictivos o de desviación social, con una mayor participación de actores no estatales.
Las nuevas tecnologías en materia de control y seguridad son altamente sofisticadas. Las utiliza el Estado, legal o ilegalmente (intervención de teléfonos y correos electrónicos, intercepción de correspondencia, cámaras de video, satélites, etc.), pero también los particulares. Y la empresa no ha sido ajena a este fenómeno, aunque muchas veces la vigilancia, como ya se dijo, se vincula más con la cuestión del control y disciplinamiento de los trabajadores, que con la seguridad y preservación del patrimonio.
Es claro, entonces, que de esta mayor capacidad de acceder a la esfera intima de las personas que aporta la tecnología, se deriva la necesidad de crear los contrapesos que permitan proteger su privacidad. Más aún si se trata de los trabajadores, sujetos de preferente tutela constitucional, en palabras de la Corte Suprema de Justicia (3).
III. La experiencia comparada
Cuando nos internamos en el estudio del tema de la utilización de cámaras de vigilancia en las empresas, rápidamente advertimos que la cuestión no es para nada novedosa. El avance permanente de la tecnología origina nuevos problemas y desafíos, inimaginables años atrás. El enorme desarrollo y abaratamiento de los sistemas de transmisión de imágenes ha permitido una utilización casi masiva en las empresas, lo que ha generado reacciones de los trabajadores por lo que consideran una vigilancia extrema durante toda la jornada de labor. Los empleadores defienden a capa y espada la llegada de un sistema eficiente para controlar la calidad y la cantidad del trabajo de sus empleados.
Hasta no hace muchos años no existía una regulación clara de este tema en casi ningún país europeo. En el trabajo publicado en La Ley Online recordaba que el año 2003 en Bruselas circulaba un documento en el que se decía "que para las compañías es un sistema ideal. Permite controlar de forma inadvertida la actividad de los trabajadores, averiguar si realizan alguna conducta desleal o fraudulenta y obrar en consecuencia. La instalación de cámaras de videovigilancia en las compañías es una práctica cada vez más habitual, pero no por ello está exenta de problemas".
En ese momento pocas legislaciones tenían una regulación específica del tema. Fue por ello que la Comisión Europea encargó a un grupo de expertos en protección de datos, un documento de trabajo cuyas conclusiones fueron contundentes: "El uso de cámaras cuyo objetivo sea controlar la cantidad y la calidad de las actividades laborales no es, por regla general, una práctica aceptable".
Según este documento, "la única forma de videovigilancia justificada es aquella necesaria para cumplir requisitos de producción y seguridad laboral". Y para ello exigía que se lleve a cabo con las garantías necesarias, como la advertencia previa a los trabajadores y la aclaración de en qué casos las grabaciones serán examinadas por la dirección de la empresa y en qué casos las grabaciones podían ser entregadas a las autoridades judiciales. Se aconsejaba prohibir que las cámaras fueran instaladas en baños, duchas, vestuarios o zonas de descanso.
En España, la doctrina y la jurisprudencia constitucional reconocen tanto el derecho de los trabajadores a preservar su intimidad, aún en el lugar de trabajo, como el derecho del empleador a ejercer una supervisión de la actividad profesional de sus empleados y de prevenir delitos (4). El debate sobre el equilibrio entre esos derechos se potencia cuando se trata de la videovigilancia. En efecto, la utilización de circuitos cerrados de televisión en los establecimientos ha cobrado una importancia creciente, y con ello se ha intensificado la discusión ética y jurídica sobre cómo resolver el conflicto entre libertad y seguridad.
Es evidente que este método de vigilancia es el más invasivo y el que más afecta la esfera de privacidad del trabajador. Las cámaras no pueden discriminar la actividad que registran, y afectan a cualquier persona realizando cualquier acción, sin límites de tiempo. Es decir que pueden quedar registrados delitos o incumplimientos laborales, pero también manifestaciones inherentes a la intimidad.
El Tribunal Constitucional español tiene reiterada doctrina respecto a que las facultades de vigilancia y control que el ordenamiento jurídico le reconoce a los empleadores, no los habilita para realizar intromisiones ilegítimas en la intimidad de sus empleados en los centros de trabajo (Sentencias 170/1987, del 30/10/87; 142/1993, del 22/04/93; 202/1999, del 08/11/99, entre otras). Por tal motivo, el Tribunal tiene dicho que cualquier medida que signifique una restricción de derechos fundamentales del trabajador, debe observar estrictamente el principio de "proporcionalidad", lo que a su criterio significa: 1) que la medida debe ser idónea para conseguir su objetivo; 2) que debe ser necesaria y que no haya otra medida más moderada y de igual eficacia para ese propósito; y 3) que debe ser equilibrada, por derivarse de ellas más beneficios para el interés general, que perjuicios para otros bienes o valores en conflicto.
En Chile, la Confederación Nacional Unitaria de Trabajadores del Transporte y Afines realizó una presentación ante la Dirección del Trabajo, solicitando un pronunciamiento sobre la legalidad de los sistemas de vigilancia y control, a través de videocámaras instaladas en los vehículos de la locomoción colectiva urbana. Ello motivó una resolución, de fecha 07/10/2002, que en líneas generales dice:
a) De conformidad a la doctrina vigente de este Servicio, el reconocimiento del carácter de límites infranqueables que los derechos fundamentales, en particular del derecho a la intimidad, vida privada u honra de los trabajadores, poseen respecto de los poderes empresariales (inciso primero, del artículo 5 del Código del Trabajo), lleva necesariamente a concluir que la utilización de mecanismos de control audiovisual (grabaciones por videocámaras) en los vehículos de la locomoción colectiva urbana, sólo resulta lícita cuando ellos objetivamente se justifican por requerimientos o exigencias técnicas de los procesos productivos o por razones de seguridad de los conductores o de los pasajeros, debiendo ser el control de la actividad del trabajador sólo un resultado secundario o accidental del mismo.
b) Por el contrario, su utilización exclusivamente como una forma de vigilancia y fiscalización de la actividad del trabajador no resulta lícita, toda vez que supone un control ilimitado, que no reconoce fronteras y que se ejerce sin solución de continuidad, lo que implica no sólo un control extremada e infinitamente más intenso que el ejercido directamente por la persona del empleador o su representante, sino que en buenas cuentas significa el poder total y completo sobre la persona del trabajador, constituyendo una intromisión no idónea y desproporcionada en su esfera íntima, haciendo inexistente todo espacio de libertad y dignidad.
c) Es condición esencial para la implementación de estos mecanismos de control audiovisual, en las circunstancias que ello resulte lícito, el cumplimiento de los requisitos generales de toda medida de control laboral y específicos del medio en análisis.

Y AÚN LAS REFORMAS NO HAN TOCADO FONDO EN ESPAÑA


 Y ya se ha comentado que en 2013 tampoco habrá un repunte ni mejorará la situación.

Gobierno español se desgasta al ritmo de la crisis y protestas 
Análisis de Tito Drago  

MADRID, jul (IPS) - La severísima crisis económico-financiera que afecta a España y la serie de medidas de ajuste dispuestas para enfrentarla, que se profundizan a cada anuncio, desgastan aceleradamente al gobierno del derechista Partido Popular (PP), que el jueves 19 fue golpeado por masivas protestas en todo el país.

Las multitudinarias manifestaciones fueron convocadas por la oposición política, las centrales sindicales y otras organizaciones sociales para rechazar una nueva tanda de las llamadas políticas de austeridad. 

El paquete de medidas, aprobado por el parlamento este jueves con los 180 votos del PP y 131 en contra, incluye el aumento del impuesto al valor agregado (IVA) general de 18 a 21 por ciento y la supresión del salario extraordinario de Navidad para los empleados estatales que cobran el equivalente a 1.180 dólares mensuales, es decir casi toda la plantilla nacional de 2,7 millones de personas.

Ante el tenor de los recortes, el secretario general de la prosocialista Unión General de Trabajadores (UGT), Cándido Méndez, dijo a IPS que "el pueblo debe decidir sobre una crisis que se agudiza y afecta en especial a los asalariados y sus familias". 

"Nuestro reclamo es que el gobierno convoque una consulta popular para que el pueblo español se pronuncie sobre políticas que no votó en noviembre", añadió, en alusión al drástico giro dado por el PP respecto de su oferta electoral que le dio el triunfo el 20 de ese mes. 

El líder del PP, Mariano Rajoy, a quien un mes después el parlamento ungió presidente del gobierno español, en ningún momento de su campaña manifestó que adoptaría recortes fiscales y quitas de beneficios como las que está aplicando y menos de la severidad de los mismos. Incluso aseguró que bajaría los impuestos, entre ellos el IVA.

Pero el mismo día de su instalación en el gobierno, Rajoy anunció recortes de los gastos del Estado de al menos 16.500 millones de euros (unos 20.000 millones de dólares) este año, con el objetivo de bajar el abultado déficit fiscal hasta ponerlo en línea con el máximo de tres por ciento exigido por la Unión Europea. El aprobado este jueves es el cuarto paquete de medidas de austeridad que se aplica.

Méndez destacó que el pueblo español es el que "soporta la crisis y las medidas gubernamentales, como las que recortan los derechos y los ingresos de los trabajadores". 

La UGT y la Confederación Central de Comisiones Obreras (CCOO), cercana al Partido Comunista, fueron las principales impulsoras hace una semana, cuando se anunciaron las medidas, de las más de 80 marchas concretadas a lo largo de este jueves por las calles de las más variadas ciudades de España.

Desde las Islas Canarias, ubicadas frente a la costa occidental de África, donde a las 10 de la mañana comenzó la primera manifestación, llegó el que puede considerarse el mensaje más claro expresado en las pancartas: "No a la reforma laboral, injusta con los trabajadores, ineficaz para la economía, inútil para el empleo". 

En Madrid, con la misma pancarta y otra que proclamó "Trabajo sí, esclavos no", unos 500.000 manifestantes atravesaron al mediodía el centro de la ciudad. En esa multitud se destacó una persona disfrazada de ejecutivo que portaba un maletín con las siglas CEOE (Confederación Española de Organizaciones Empresariales) y arrastraba un esqueleto con un casco de albañil. 

El secretario general de la CCOO, Ignacio Fernández Toxo, cuestionó la reforma laboral aprobada en febrero por "muy injusta, pues desequilibra las relaciones del trabajo en beneficio del empresariado y afectará sobre todo a las pequeñas empresas, donde no hay cobertura sindical".

La CCOO calcula que la reforma impactará a 65 por ciento de los asalariados y a 99 por ciento de las empresas, por haber instalado el despido libre y gratuito. La desocupación ya alcanza en España a 25 por ciento de la población económicamente activa, es decir unos 5,6 millones de personas.

Otro cambio cuestionado por afectar a los sectores más pobres es la reducción de la ayuda que se otorgaba a las personas con dificultades para que fueran cuidadas por un familiar en su casa. La reducción será de 15 por ciento como mínimo.

Además, para ser un dependiente reconocido por el Estado como tal, en vez de seis meses para recibir el reconocimiento deberá esperar dos años.

El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, justificó las medidas de austeridad culpando a "la herencia recibida del PSOE (Partido Socialista Obrero Español)", que precedió a este gobierno durante dos mandatos, de 2004 a diciembre de 2011. 

Esas decisiones llegan impuestas por la necesidad y obligan al gobierno a "reducir los servicios públicos para crecer", pues "financiarlos con más déficit y deuda solo llevaría al desencanto", sostuvo Montoro en el debate de este jueves en el Parlamento. 

Pero hasta la Iglesia Católica se suma a las críticas al gobierno de Rajoy. El presidente de la Conferencia Episcopal, cardenal Antonio Rouco Varela, dijo en conferencia de prensa que "la crisis se supera cuando se atiende a las exigencias del bien común con espíritu de solidaridad y entrega". 

El movimiento Democracia Real Ya, que agrupa a desempleados, trabajadores subcontratados, y en funciones precarias y jóvenes, plantea que es preciso un gran cambio y un futuro digno.

"Es absurdo que en plena crisis, mientras aumenta la desocupación y bajan (las retribuciones de) la jubilación y los salarios, los bancos nos suban las hipotecas o, si no podemos pagar a tiempo, se queden con nuestras viviendas", indicó uno de sus adherentes.

La responsabilidad de que esto ocurra, concluyó, es de los partidos políticos mayoritarios, "que miran hacia otro lado".(FIN/2012)