jueves, 23 de junio de 2011

La OIT adopta Convenio para Trabajadoras y Trabajadores del Hogar o Domésticos

La segunda y definitiva ronda de discusiones sobre un Convenio y una Recomendación de la OIT para las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos concluyó exitosamente el 16 de junio, convirtiéndose en una fecha histórica para millones de trabajadoras/es domésticos en todo el mundo, quienes finalmente han sido reconocidos como trabajadoras/es y a quienes se les garantizan los mismos derechos básicos que a otras categorías de trabajadores.
El Convenio fue adoptado por 396 votos afirmativos, 16 negativos (15 empleadores, más el gobierno de Swazilandia) y 63 abstenciones. La Recomendación recibió 434 votos a favor, 8 en contra (todos ellos empleadores) y 42 abstenciones.
Con un nuevo vocero por parte del grupo de los empleadores, las negociaciones de este año se desarrollaron con un espíritu mucho más constructivo y positivo que en el 2010, cuando los empleadores trataron constantemente de obstaculizar el debate mediante tácticas de procedimiento.
El grupo de los trabajadores continuó obteniendo el firme apoyo de varios gobiernos, en particular Australia, Brasil (por los países del Grupo de América Latina y el Caribe) Francia, Namibia y Sudáfrica (por los países africanos) y EE.UU. Tal como fue del caso el año anterior, los gobiernos de la UE y, en especial  del RU,  brindaron menor apoyo.
Además de los derechos fundamentales consagrados en los convenios básicos de la OIT (libertad sindical, negociación colectiva, eliminación del trabajo infantil y el trabajo forzoso), algunas de las conquistas más importantes abarcan:
  • el derecho a un contrato escrito
  • regulación de las horas de trabajo
  • disposiciones sobre salud y seguridad
  • cobertura de seguridad social, inclusive en lo relativo a la maternidad
  • protección de las trabajadoras y trabajadores domésticos migratorios, incluyendo mecanismos de control para las agencias de empleo privadas
En el transcurso del debate, fue muy difícil prever si se podría llegar a un consenso sobre el derecho de las trabajadoras/es del hogar a horas normales de trabajo y a un mínimo de 24 horas consecutivas de descanso semanal. El punto más polémico fue el tiempo de "stand by", o sea cuando el trabajador/a permanece a disposición del empleador. En opinión del grupo de los trabajadores y de una mayoría de los gobiernos, el tiempo de stand by deberá considerarse como horas de trabajo. Según se dice, este tema fue el que causó que algunos empleadores votaran contra el Convenio. 
No obstante, el Convenio y la Recomendación obtuvieron un amplio apoyo y algunos gobiernos (por ej., Filipinas y Uruguay) ya han declarado que procederán a su ratificación.
Las integrantes de la Red Internacional de Trabajadoras del Hogar respaldada por la UITA (IDWN, por su sigla en inglés) desempeñaron un papel crucial en todos los trabajos preparatorios para el Convenio.
Su aporte fue reconocido por el Director General de la OIT, Juan Somavía, quien festejó la victoria junto a las representantes de IDWN fuera de la sala del plenario.

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