jueves, 23 de diciembre de 2010

LA TERCERIZACIÓN COMO POSIBLE FRAUDE DE LEY EN LAS RELACIONES LABORALES.

Este es otro tema que requiere estudio, profundización en su contenido, ya que tras la tercerización puede encontrarse oculto el fraude de ley y el estado de indefensión del trabajador tercerizado, que pierde derechos en una relación que no todas las veces exige la coresponsabilidad de todos aquellos que de una forma u otra se benefician con los resultados del trabajo del trabajador. Detrás de la tercerización aparecen la subcontratación, la intermediación en el empleo que conforma un triángulo entre el usuario del servicio, el trabajador y la empresa o entidad empleadora. Es un tema apasionante y les propongo buscar los dos artículos que me fueron enviados por Moises Meik abogado argentino y que si alguno de mis lectores deseas, se puede comunicar conmigo por lguevara46@gmail.com y con gusto se los haré llegar.

LA TERCERIZACION EN LA RELACIÓN LABORAL. A LA LUZ DE LA VIOLENCIA QUE DESATA.
Autor: Ricardo J. Cornaglia, abogado argentino. Publicado en La Ley 2 de noviembre del 2010.

1. Sumario
2. LA TERCERIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN LABORAL.
3. LOS TIPOS QUE ADOPTA LA INTERMEDIACIÓN.
4. LA INTERMEDIACIÓN EN NUESTRA EXPERIENCIA HISTÓRICA.
5. LA INTERMEDIACIÓN EN LA APROPIACIÓN DEL TRABAJO.
6. INTERMEDIACIÓN Y SEGMENTACIÓN DEL COLECTIVO DE TRABAJO EN LA EMPRESA..
7. LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO.


TRAS LA BRUMA DE LA TERCERIZACIÓN LA RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA.
Autor: Cornaglia, Ricardo J.
Publicado en: DT2010 (julio), 1701

Contenido
I. La intermediación en la apropiación del trabajo.- II. Los tipos que adopta la intermediación.- III. La interpretación sistemática de la normativa de la L.C.T. que regula la solidaridad en la intermediación.- IV. Las razones de ser de la solidaridad laboral.- V. Concentración empresaria. Los límites de la tercerización de la empresa en cuanto a su responsabilidad solidaria laboral.- VI. El cambio operado en la doctrina de la Corte.

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