viernes, 29 de octubre de 2010

CUANDO SE LEVANTE EL BLOQUEO A CUBA

Reproducimos a continuación un articulo de Manuel Yepe y la propia Resolución adoptada por Naciones Unidas.

Manuel E. Yepe
 Cuando el gobierno de los Estados Unidos finalmente decida poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero a que habrá tenido sometido a su pequeño y pobre vecino durante no se sabe cuántos años, Cuba saldrá convertida en una superpotencia moral de enorme prestigio por haberse mostrado capaz de resistir el más largo asedio de la historia de parte de la superpotencia militar, económica y tecnológica más agresiva que haya conocido la humanidad.
 Será una simpar derrota de la superpotencia imperial, porque no habrá logrado el objetivo original de la medida, según consta en documentos del Departamento de Estado de abril 6 de 1960 desclasificados en 1991 que decía: “La mayoría de los cubanos apoyan a Castro… el único modo previsible de restarle apoyo interno es a través del desencanto y la insatisfacción que surjan del malestar económico y las dificultades materiales… hay que emplear rápidamente todos los medios posibles para debilitar la vida económica de Cuba… una línea de acción que, aun siendo lo más habilidosa y discreta posible, logre los mayores avances en privar a Cuba de dinero y suministros, para reducirles sus recursos financieros y los salarios reales, provocar el hambre, la desesperación y el derrocamiento del Gobierno”.
Obviamente, una agresión tan cruel por parte de una potencia con tantos recursos de todo tipo, contra una nación subdesarrollada en los terrenos económico, tecnológico, militar y científico, con una población seriamente afectada por el analfabetismo, la insalubridad, la incultura y la dependencia en sus relaciones internacionales de la superpotencia que precisamente era la que pretendía impedir su acceso a la independencia, parecía imposible de alcanzar.
Pero no han sido muchos los cubanos que han bailado al ritmo impuesto por Washington. Un reducidísimo grupo de ellos y ellas ha optado por servirse de la confrontación entre la pequeña isla y la enorme potencia estadounidense para, desempeñando funciones contrarrevolucionarias directa o indirectamente remuneradas por el gobierno norteamericano, disfrutar de un modo de vida menos austero que aquel a que obliga a sus ciudadanos la condición tercermundista de su patria, agravada por la hostilidad del imperio.
No son pocos, sin embargo, aquellos que se han aprovechado que Washington ha puesto en práctica medidas que privilegian a los inmigrantes cubanos con respecto a los de otras nacionalidades como parte de su estrategia para derrocar a la revolución y han optado por la emigración sin motivación política, aunque a sabiendas de que el fenómeno emigratorio era utilizado para las campañas mediáticas difamatorias contra Cuba.
 El 26 de octubre de 2010, por décimo noveno año consecutivo, la Asamblea General de las Naciones Unidas se pronunció contra el irracional asedio que ha costado a Cuba, según cálculos muy conservadores, unos 750 mil millones de dólares, al cambio actual de esa moneda.
La votación tuvo lugar en sesión plenaria del órgano máximo de Naciones Unidas convocado para tratar sobre una propuesta de resolución titulada “Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba”.
En esta ocasión fueron 187 países los que se pronunciaron a favor de esa resolución condenatoria del cerco norteamericano contra la isla antillana, con sólo dos votos en contra (Estados Unidos e Israel) y tres abstenciones (Palau, Islas Marshall y Micronesia).
Las votaciones contra el bloqueo comenzaron en noviembre de 1992, cuando la XLVII sesión ordinaria de la Asamblea aprobó por primera vez, con 59 votos a favor, 3 en contra y 71 abstenciones, una resolución así. Cada año se fueron sumando más países a la condena. El pasado año 2009 la votación de censura al bloqueo fue igualmente de 187 países, sólo que en esta ocasión hubo un país menos votando contra la medida norteamericana, Palau, que esta vez se limitó a abstenerse.
 Esta es la segunda ocasión en que la comunidad internacional representada en la ONU ha votado, casi unánimemente, contra la política genocida de Estados Unidos contra Cuba desde que Barack Obama asumiera la presidencia estadounidense sin que hasta ahora haya dado muestra alguna de voluntad de rectificación ante el consenso mundial y de respeto por esta evidente unanimidad global.
 Obviamente, como resultado de una manipulación reiterada de los medios informativos a lo largo de muchos años, la mayor parte de la población de los Estados Unidos seguirá sin saber que hace casi medio siglo su gobierno intenta un genocidio contra el pueblo de esta pequeña nación vecina. Seguirá creyendo que Cuba ha constituido y sigue siendo un peligro para la seguridad de Estados Unidos y una amenaza para el orden regional y la paz del mundo.
Cuba ha resistido 50 años el cerco criminal; ¿cuánto tiempo más resistirá la superpotencia el vergonzoso aislamiento a que cada año le condena la comunidad internacional por su espuria política contra la independencia de Cuba?
 A continuación el texto de la Resolución:
NECESIDAD DE PONER FIN AL BLOQUEO ECONÓMICO, COMERCIALY FINANCIERO IMPUESTO POR LOS ESTADOS UNIDOS DE ÁMERICA CONTRA CUBA.
 
La Asamblea General,
Decidida a fomentar el respeto estricto de los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas,

Reafirmando, entre otros principios, la igualdad soberana de los Estados, la no intervención y no injerencia en sus asuntos internos y la libertad de comercio y navegación internacionales, consagrados, además, en numerosos instrumentos jurídicos internacionales,

Recordando las declaraciones formuladas por los Jefes de Estado y de Gobierno en las cumbres iberoamericanas relativas a la necesidad de eliminar la aplicación unilateral de medidas de carácter económico y comercial contra otro Estado que afecten al libre desarrollo del comercio internacional,
Preocupada porque continúan la promulgación y aplicación por parte de Estados Miembros de leyes y disposiciones reglamentarias como la promulgada el 12 de marzo de 1996, conocida como “Ley Helms-Burton”, cuyos efectos extraterritoriales afectan a la soberanía de otros Estados, a los intereses legítimos de entidades o personas bajo su jurisdicción y a la libertad de comercio y navegación,
Tomando nota de las declaraciones y resoluciones de distintos foros intergubernamentales, órganos y gobiernos que expresan el rechazo de la comunidad internacional y de la opinión pública a la promulgación y aplicación de medidas del tipo indicado,
Recordando sus resoluciones 47/19, de 24 de noviembre de 1992, 48/16, de 3 de noviembre de 1993, 49/9, de 26 de octubre de 1994, 50/10, de 2 de noviembre de 1995, 51/17, de 12 de noviembre de 1996, 52/10, de 5 de noviembre de 1997, 53/4, de 14 de octubre de 1998, 54/21, de 9 de noviembre de 1999, 55/20, de 9 de noviembre de 2000, 56/9, de 27 de noviembre de 2001, 57/11, de 12 de noviembre de 2002, 58/7, de 4 de noviembre de 2003, 59/11, de 28 de octubre de 2004, 60/12, de 8 de noviembre de 2005, 61/11, de 8 noviembre de 2006, 62/3, de 30 de octubre de 2007, 63/7, de 29 de octubre de 2008, y 64/6, de 28 de octubre de 2009,
Preocupada porque, después de la aprobación de sus resoluciones 47/19, 48/16, 49/9, 50/10, 51/17, 52/10, 53/4, 54/21, 55/20, 56/9, 57/11, 58/7, 59/11, 60/12, 61/11, 62/3, 63/7 y 64/6, continúan promulgándose y aplicándose nuevas medidas de ese tipo dirigidas a reforzar y ampliar el bloqueo económico, comercial y financiero contra Cuba, y preocupada también por los efectos negativos de esas medidas sobre la población cubana y los nacionales de Cuba residentes en otros países,
1. Toma nota del informe del Secretario General sobre el cumplimiento de la resolución 64/61;
2. Reitera su exhortación a todos los Estados a que se abstengan de promulgar y aplicar leyes y medidas del tipo indicado en el preámbulo de la presente resolución, en cumplimiento de sus obligaciones de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y el derecho internacional, que, entre otras cosas, reafirman la libertad de comercio y navegación;
3. Insta una vez más a los Estados en los que existen y continúan aplicándose leyes y medidas de ese tipo a que, en el plazo más breve posible y de acuerdo con su ordenamiento jurídico, tomen las medidas necesarias para derogarlas o dejarlas sin efecto;
4. Solicita al Secretario General que, en consulta con los órganos y organismos pertinentes del sistema de las Naciones Unidas, prepare un informe sobre el cumplimiento de la presente resolución a la luz de los propósitos y principios de la Carta y del derecho internacional y se lo presente en su sexagésimo
sexto período de sesiones;
5. Decide incluir en el programa provisional de su sexagésimo sexto período de sesiones el tema titulado “Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba”.

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