viernes, 24 de septiembre de 2010

LA VIOLENCIA EN EL TRABAJO COMO FORMA DE DISCRIMINACIÓN EN EL EMPLEO

 

Con el fin de fundamentar, en parte, dos derechos y garantías previstos en el Modelo de Relaciones Laborales para siglo XXI de la Carta Sociolaboral Latinoamericana (“Relaciones laborales sin discriminación y el derecho a un trabajo digno y de calidad que, como mínimo, responda  a las pautas de la Organización Internacional del Trabajo”), decidimos asumir la responsabilidad de presentar algunas reflexiones y propuestas con vistas a la prevención y reducción, hasta llegar a la erradicación, de todas las manifestaciones de violencia en el trabajo en nuestros países, pero sobre todo de la violencia psicológica.

El primer gran interrogante surge en cuanto a las definiciones, ya que la violencia moral nos podría conducir hacia un concepto de violación de los derechos fundamentales de la persona, que en una relación de causa – efecto, está estrechamente vinculada con la influencia del medio ambiente laboral en los resultados productivos del trabajador afectado y que puede estar motivada por factores de carácter organizacional, así como también por la acción de factores psico-sociales vinculados con la conducta humana.

Normalmente somos sujetos pasivos de actos de violencia y no lo notamos porque estamos acostumbrados a determinadas conductas que forman parte integrante del actuar diario y ni nos ofenden ni preocupan. Pero desde que en el ambiente laboral hay determinados espacios en los que se producen síntomas de malestar en el personal, como resultado de acciones dirigidas en contra de la intimidad, la honra, la imagen o la propia dignidad de la persona humana, debemos estar alertas para evitar que se desarrolle un ambiente de hostigamiento y de irrespeto por el derecho de los demás.

Todos necesitamos que se respete nuestra intimidad  e integridad física y psicológica, y que nadie pueda hacer uso ni abuso de la misma. El derecho no puede estar ajeno a las conductas y comportamientos contrarios a lo establecido en el régimen interno y en las normas de carácter general y al interior de la entidad, y aún sin existir normas específicas que tutelen los derechos de los trabajadores, nos armamos de los principios constitucionales y de los principios del derecho laboral para evitar que se amenace y dañe nuestra salud y bienestar físico y mental.

Dice la OMS en su Informe sobre Violencia del año 2003, que violencia es “el uso deliberado de la fuerza física o el poder, ya sea en grado de amenaza o efectivo, contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daño psicológico, trastornos del desarrollo o privaciones y atenta contra el derecho a la salud y la vida de la población”.

La definición de la OMS se adentra en los factores socio-culturales y económicos, y en la idiosincrasia de cada pueblo. Por eso es imposible con un solo texto abarcar los problemas. No piensa igual del "acoso moral" el trabajador europeo que el trabajador de cualquier país latinoamericano, porque viven bajo  situaciones diferentes y además poseen distintos enfoques del problema. Hay criterios controvertidos en cuanto al acoso sexual, del cual considero que podría ser la especie del género acoso psicológico cuando éste sea una variante del primero utilizando el sexo como elemento de subyugación y de agresión,  y cuando el fin último que se persigue es el ultraje a la dignidad de la víctima, su humillación y banalización y no gozar de un privilegio o saciar un deseo, disfrutando de favores sexuales conseguidos por intimidación. Entonces el acoso sexual es otra conducta más dentro de las violencias en el trabajo.
El entorno geográfico, cultural y socio - económico influyen mucho, y me atrevería a decir que no piensa igual ahora cualquier trabajador latinoamericano que como pensaba hace 10 años, o las poblaciones de países integrados a la colaboración en los marcos del ALBA, o los norteamericanos después del 11 de septiembre de 2001, porque la situación política, económica y social influyen en la forma de analizar los fenómenos. 

La violencia psicológica en el trabajo encuentra una posible definición abarcadora dada por la OIT en el “Repertorio de recomendaciones prácticas sobre la violencia en el lugar de trabajo en el sector de servicios: una amenaza para la productividad y el trabajo decente” del año 2003 expresando que por violencia en el lugar de trabajo debe entenderse “toda acción, incidente o comportamiento que se aparte de lo razonable mediante el cual una persona es agredida, amenazada, humillada o lesionada por otra en el ejercicio de su actividad profesional o como consecuencia directa de la misma”

Llama la atención que el Repertorio antes mencionado esté dirigido específicamente al sector de los servicios, pero como todo tiene una razón de ser, podría  argumentarse en el crecimiento de ese sector, a partir de la tercerización económica y la tercerización laboral, pues actividades que antes se realizaban en una empresa como parte de su razón social, han sido externalizadas, en “beneficio a una mayor flexibilidad a la organización del trabajo y de la producción de bienes o servicios, con lo que la entidad se ocupa solamente de sus actividades principales de su objeto social y subcontrata las actividades de medio a fin”. (Así lo justifican los llamados tanques pensantes de la administración empresarial)

La definición es posible de utilizar para las diferentes manifestaciones estructurales de la violencia laboral, ya sea física como psicológica, con los agentes que la provocan, algunos debidos a la organización del trabajo, otros al ambiente general y particular, al uso y abuso de sustancias dañinas a la salud humana y en la mayor parte de los casos, debido a la acción de la conducta de otra persona y podría ser aplicable a otros sectores laborales, ya sean industriales, agrícolas, de las ciencias la salud y la educación[1], e igualmente al sector público como al privado.

Sin embargo deja una brecha abierta, a nuestro entender, que debe cerrarse para acorralar conductas y comportamientos que,  a partir de la percepción personal y la cultura nacional, costumbre y demás elementos supraestructurales, erigidos sobre una determinada base económica, no identifiquen el fenómeno. La violencia física en relación con el uso de armas e instrumentos, así como dependiente del consumo de drogas, alcohol y otras sustancias que modifican el comportamiento de un individuo hasta convertirlo en un peligro para el resto del colectivo laboral,[2] por los resultados dañinos a la salud, deja huellas fácilmente apreciables y por tanto la prueba se consigue con mayor facilidad a la hora de demostrar sus efectos en cualquier tipo de proceso, ya sea administrativo, civil, penal, constitucional, laboral o incluso por dictamen pericial y médico.

Pero la violencia en el trabajo, en general,  tiene su origen, en última instancia, en el incumplimiento por parte del empleador de su responsabilidad ante la seguridad y salud en el trabajo, permitiendo la existencia de factores psico-sociales y organizativos que constituyen riesgos en el trabajo. Un elemento distintivo de este factor de riesgo está en el uso extralimitado y abusivo del poder legítimo de dirección que posee la autoridad administrativa. La diferencia en sus manifestaciones en el lugar de trabajo está en ese "uso del poder" cuando se hace de forma organizada, controlada, de acuerdo con los reglamentos y la ley y no de manera arbitraria, excesiva y extralimitada. Provoca discriminación del afectado, o sea, es uno de los llamados motivos lesivos de la dignidad humana, ocasiona daños, tanto físicos como psicológicos que lo conduce a solicitar su baja temporal con certificación médica de incapacidad para el trabajo, que altera su salud y lo induce a la llamada “espiral del estrés”.

En cuanto a la violencia psicológica en el trabajo existen diferentes conductas en forma de coacciones y acoso psicológico, sin dejar de mencionar el maltrato, las humillaciones, el hostigamiento, para analizar este tema cotidiano del mundo actual. La generalidad de los estudiosos y creadores de la doctrina reconocen además la persecución, las amenazas, las  ofensas verbales y gestuales, las intimidaciones y amedrentamiento, el silencio deliberado basado también en el aislamiento e incomunicación, la desprotección, la inequidad laboral y salarial y el acoso sexual.

La OIT identifica 7 sectores de riesgo sin dividirlos por el tipo de violencia, ya sea física o psicológica, sino por las víctimas:
1.    Trabajo de cara al público ( los agresores son terceros)
2.    Trabajo en solitario ( terceros y propios trabajadores)
3.    Custodia de recursos financieros (violencia de terceros fundamentalmente)
4.    Trabajo con personas con necesidades especiales de trato (ocasiona burnout y estrés, ya sea personal de la salud, trabajadores sociales y otros)
5.    Trabajo en la docencia (niños y jóvenes con problemas de conducta, sujetos de violencia física fundamentalmente)
6.    Sector del orden interior, prisiones, fuerzas armadas.
7.    Empleados del transporte público.

Para arribar a la tipificación jurídica y evitar confusiones con otros factores psicosociales y prácticas violentas[3] en el ambiente laboral hay que entrar en los elementos integrantes de la violencia psicológica:

  • Maltrato de palabra u obra, o ambos a la vez
  • Se dirige contra un trabajador, un subordinado, aunque también puede ser contra otros compañeros de trabajo o incluso un superior jerárquico, pero la norma es el uso extralimitado del poder de dirección.
  • Es de carácter continuado y repetitivo,
  • El maltrato u hostigamiento puede ser intenso en un breve tiempo sin la repetitividad de la acción durante un tiempo prolongado que pueda causar daños irreparables a la salud.
  • Como se basa en un actuar deliberado, lleva implícito el ánimo de provocar malestar, humillación y ambiente hostil a la víctima.
  • Trata de desestabilizar a un trabajador y minarlo emocionalmente
  • Puede conducir a actos de violencia física o psíquica en extremo.
  • El trabajador casi siempre ha tenido hasta el momento un excelente desempeño o se destaca por algunas cualidades de su conducta.
  • Lo habitual es que sea difícil, o casi imposible, armarse de la prueba para demostrar los hechos[4] con vistas a presentar la denuncia
  • Su fin último es que el trabajador renuncie a su trabajo o en última instancia adscribir la conducta de la víctima a los intereses del acosador.

La violencia psicológica, que se conoce también como acoso moral puede aparecer desde formas sutiles y casi imperceptibles, (solamente para la víctima) hasta manifestarse en un hecho de violencia física y mental con el apoyo de varios compañeros de trabajo. Puede durar tanto tiempo cuanto la víctima sea capaz de soportar, el rechazo y menosprecio del colectivo, considerando que se trata de su imaginación hasta el abierto enfrentamiento que provoca el desequilibrio del afectado.

Para nosotros, como primer aspecto a señalar está el hecho de que se trata de sinónimos o aspectos de un mismo problema: vulneración de derechos, incumplimiento de deberes, alteración del ambiente de trabajo y sobre todo, un acto de discriminación. 

Resumiendo, se hace una vez más necesario seguir investigando porque hay quienes consideran que la violencia en el trabajo no existe cuando la organización del trabajo responde por su cometido y está bien diseñada, porque aquellas empresas que han logrado una buena organización son ejemplos de un ambiente sano y seguro. La mejor disposición de los puestos de trabajo, la garantía de recursos financieros y materiales, la mejor formación profesional de los trabajadores no pueden evitar por si solos los riesgos organizativos, ya que influye además la conducta perversa, narcisista, prepotente, los complejos de inferioridad, la envidia y otros sentimientos negativos y carentes de toda ética y principios, que provocan daños y dejan huellas no sólo morales, sino también físicas en la salud del trabajador.

Hay factores inherentes al trabajo como son el propio diseño del entorno, del puesto de trabajo, el ajuste de la persona al entorno, la carga de trabajo, factores ergonómicos y otros muchos que influyen en las situaciones de violencia psicológica, pero también están los factores interpersonales y la seguridad en el empleo.

Al nivel social hay situaciones que cambian la conducta del ser humano, y así tenemos que con un efecto multiplicador se puede observar los resultados de las políticas neoliberales generadoras de crisis e inseguridad social, perceptibles en la desregulación, la precarización de la relación laboral, la exclusión social y la marginalización y todo esto genera violencia. Por tanto, el origen de la violencia podría catalogarse de institucional, el estado abandona al individuo, no lo protege, privilegia el pacto y diálogo social entre desiguales y tomando en cuenta que la relación laboral es una relación jurídica atípica de subordinación con el elemento de dependencia como su identificación, se provoca un resultado de abandono del trabajador a su suerte, supeditado al poder de mando y al ejercicio de la facultad arbitraria de la dirección.

A falta de normas hay principios, y los principios generalmente aceptables en declaraciones internacionales de no discriminación, igualdad de trato y oportunidades, así como de respeto a la dignidad, son derechos humanos protegidos o tutelados en las constituciones o en otras normas nacionales e incluso internacionales. Por tanto la violencia psicológica también tiene un contexto multidisciplinario, porque lo mismo puede abordarse desde el derecho penal, civil, administrativo, del constitucional y laboral.

Por último, en esta apretada síntesis hay varias cuestiones a resaltar para los objetivos que se persiguen con la Carta Sociolaboral.
1.    Dificultades para el estudio de la violencia laboral, porque hay que llegar al concepto de violencia en el trabajo, conocer qué figuras son las que se incluyen dentro de la violencia psicológica. No todos los países consideran el acoso sexual como parte de la violencia psicológica, porque puede ser física y psicológica, o le dan un tratamiento aparte y no hay estadística oficial de estos riesgos, o la que existe es inadecuada o tiene diferencias de enfoques y de percepciones.
2.    Dificultades para considerar la violencia psicológica como un problema social, porque es un tipo de violencia invisible e intangible, pertenece a los llamados “actos de soledad” en que fundamentalmente el acosador se vale de la vergüenza de la víctima y la insolidaridad de los testigos que no oyen, no ven, ni hablan, se produce por fallas en la comunicación, se deriva de las relaciones interpersonales y conduce a la destrucción del ser humano y de su autoestima por su repetición y frecuencia, como proceso y progresión de actos.
3.    La posición de América Latina con respecto a la violencia, que a pesar de ser un hecho generalizado, hay resistencias al reconocimiento, no es un fenómeno visualizado por todos y en algunos países se desconoce el origen.
4.    No todos los gobiernos son proclives al estudio de la violencia y su conceptualización, por tanto no hay investigaciones exclusivas sobre violencia psicológica, mas bien se analiza y estudia la violencia física, donde se han identificado las profesiones peligrosas y proclives a la misma, se dedican esfuerzos al descubrimiento de la violencia intrafamiliar y doméstica, con leyes dirigidas a la protección de la mujer en el ámbito familiar porque se tratan de relaciones entre particulares, sin intervención del Estado.

En cuanto a la ley, hay soluciones en nuestra América que testimonian el hecho de que puede haber una norma específica, modificaciones en la ley laboral, atenerse a la letra de la Constitución e incluso aplicar los principios del derecho laboral.

Colombia posee una Ley específica del año 2006, Venezuela exige la responsabilidad del empleador desde la Ley de seguridad y salud del trabajo del año 2005, Bolivia ha incluido una mención al acoso laboral en la Constitución de 2007, Brasil y Argentina tienen normativas de carácter local para la administración pública.

Queda aún mucho por hacer y caminos por andar, razón por la cual este tema no puede ser ajeno a la Carta Sociolaboral Latinoamericana, que la ALAL pone a consideración del movimiento obrero.






[1] Aunque en definitivas, tanto la ciencia, la salud, la educación son considerados sectores de los servicios.
[2] No hay referencia directa a la violencia física causada por agresiones externas como son los asaltos a que se ven sometidos determinados puestos de trabajo.
[3] Hay acoso físico, humillaciones, vejaciones, maltratos de palabra y de obra, vulneración de derechos, discriminación y sin embargo por faltarle algunos de los elementos antes mencionados deja de concebirse como “acoso moral o psicológico en el trabajo”.
[4] Muchos especialistas plantean que las pruebas se dificultan porque el acosador trata de borrar sus acciones y no dejar huellas. También se producen las acciones como los llamados “delitos de soledad”, cuando no hay testigos, o cuando el acosador sabe perfectamente que son testigos “mudos, ciegos y sordos” incapaces de servir en una prueba testifical. No obstante también otros especialistas señalan y entre ellos me cuento personalmente, que siempre el acosador, por el criterio de impunidad de sus actos, deja algunas huellas que pueden ser utilizadas si se utilizan debidamente, tanto documentales como “virtuales” a través de correo electrónico, una intranet, por fotografías, videos, grabaciones, etc. (Nota de la autora).

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